*** = disponible en inglés. Traducción de Elisa Alaya Mallagray revisada y editada por Asun López-Varela. El diseño HTML, el formato, y los enlaces de George P. Landow.

La siguiente declaración de John Stuart Mill respondió a la petición de los residentes británicos en Calcuta y las zonas de la India en contra de la Ley XI, o la llamada "Acta Negra". De acuerdo con la Ley de Negro, los súbditos británicos ya no gozaban de extraterritorialidad, pero en su lugar se crearon las Cortes de la East India Company (EIC), que siguieron practicando las leyes indígenas. Mill rechazó la afirmación de que los ciudadanos británicos tuviesen que obedecer leyes locales:

Cuando un inglés se encuentra en la India más allá de los límites de la presidencia, y entra en contacto con los nativos, debe entender que lo hace de acuerdo con las leyes nativas, las únicas allí conocidas para establecer un contrato. El inglés no tiene derecho a ir al país y a decirles a los nativos que regulará sus transacciones según las leyes de su país y que, en caso de agravio, no tendrá posibilidad de recurrir según sus propias leyes, sino que tendrá que adaptarse a esas leyes que desconoce. [Mill, 1990, p.13]

La respuesta de Mill muestra una cierta consideración y respeto por las instituciones nativas, algo extraño entre los administradores de su tiempo. Este respeto por los pueblos nativos de la India fue, no obstante, puesto a la prueba en 1857 con el estallido del motín.

Bibliografía

Mill, John Stuart. Writings on India. Edited by John M. Robson, Martin Moir and Zawahir Moir. Toronto: University of Toronto Press; London: Routledge, c1990.


Last modified November 2000